Crédito de Emergencia
El Crédito de emergencia es aquel que se otorga a los asociados con mínimo un (1) mes de haber ingresado ó reingresado al Fondo. Para otorgar un nuevo crédito de emergencia, se requiere haber cancelado el anterior, por lo menos con dos (2) días hábiles de anterioridad.
Destino
Es un crédito ágil, destinado a cubrir urgencias que se presentes a los asociados.
Cuantía
Su monto máximo será de cinco (5) SMMLV (Aproximación a $ millones).
Plazo
Su plazo máximo será de seis (6) meses.
Amortización
Los intereses se pagarán con el capital al vencimiento del plazo a una tasa que se será establecida por la Junta Directiva. Garantía: En todos los casos el asociado usuario del servicio de crédito, suscribirá un pagaré con espacios en blanco, con la respectiva carta de instrucciones, conforme a lo previsto en el Código de Comercio, a nombre de FODUN.
Medio de pago
El asociado deberá concurrir a hacerlo en la caja de FODUN. De presentarse incumplimiento en el pago, se aplicarán intereses de mora sobre la(s) cuota(s) pendiente(s) de pago sin perjuicio de la suspensión del servicio y las sanciones a las que hubiere lugar.
