Crédito de Emergencia
El Crédito de emergencia es aquel que se otorga a los asociados con mínimo un (1) mes de haber ingresado o reingresado al Fondo. Para otorgar un nuevo crédito de emergencia, se requiere haber cancelado el anterior, por lo menos con dos (2) días hábiles de anterioridad.
Destino:
Es un crédito ágil, destinado a cubrir urgencias que se presentes a los asociados.
Cuantía:
Su monto máximo será de 8 SMMLV ($7,268,208.00)
Interés mensual:
1,30%
Plazo:
Su plazo máximo será de seis (6) meses.
Amortización:
Los intereses se pagarán con el capital al vencimiento del plazo a una tasa que será establecida por la Junta Directiva. Garantía: En todos los casos el asociado usuario del servicio de crédito, suscribirá un pagaré con espacios en blanco, con la respectiva carta de instrucciones, conforme a lo previsto en el Código de Comercio, a nombre de FODUN.
Medio de pago:
El asociado deberá concurrir a hacerlo en la caja de FODUN. De presentarse incumplimiento en el pago, se aplicarán intereses de mora sobre la(s) cuota(s) pendiente(s) de pago sin perjuicio de la suspensión del servicio y las sanciones a las que hubiere lugar