FOMUS - FONDO MUTUAL DE SOLIDARIDAD

La finalidad del FOMUS será la de otorgar un auxilio por asociado que fallezca y que no cumpla las condiciones de asegurable en la póliza de vida grupo deudores. El valor del auxilio podrá cubrir parcial o totalmente la deuda que tenga vigente el asociado, una vez se hayan sustraído los saldos de ahorro permanente y aportes sociales que posea el asociado*.

Los asociados de FODUN están obligados a realizar contribuciones para fortalecer el FOMUS en la cuantía, forma y periodicidad que establezca la Junta Directiva de FODUN. La Junta Directiva de FODUN determinó la contribución mensual de $9.000, cobrados trimestralmente y descontados automáticamente de los intereses al ahorro permanente y/o los ahorros a la vista. La contribución anterior se ajustará automáticamente con el incremento del SMMLV, redondeado al múltiplo de mil siguiente.

VALOR DEL AUXILIO.

El valor de dicho auxilio no podrá exceder el valor total del saldo a capital de los créditos más intereses corrientes menos los saldos a favor al momento del fallecimiento en ahorro permanente y aportes sociales hasta un límite de 60 SMMLV.

TRANSITORIO.

El FOMUS entregará auxilios a partir del 1 de marzo de 2024, lo anterior con el propósito de capitalizar dicho fondo.

 

*Sujeto a las condiciones que se establecen en la resolución No. 14 de 2023.

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601 2 21 14 61 - cel: 317 4292603

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604 4 44 30 60 - cel: 317 4326406

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